temas academicos
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viernes, 21 de junio de 2013
sábado, 15 de junio de 2013
CONTINUACIÓN DL TEMA EDUCACIÓN Y CULTURA.
CULTURAS OBJETIVAS Y SUBJETIVA. BIENES Y VALORES CULTURALES.
Para el autor Rikert cultura es lo producido o creado por el hombre con vista a los valores. Pero sucede que todo lo que el hombre crea, una vez producido se independiza de su hacedor. Es como si una idea o un proyecto, nacidos en el alma de cada uno, se plasmaran en una exterioridad, lo cual no debe entenderse como sinónimo de materialidad.Con mas exactitud puede decirse que hay una objetivacion, que los planes trazados en el ámbito individual dejan de pertenecer al sujeto para trasmutarse en objetos (lo distinto al sujeto).La cultura como objeto (cultura objetiva), esta por encima del individuo y lo coacciona. Se trata, por ejemplo, del lenguaje que debemos aprender para entendernos con el prójimo, o de las costumbres y formas básicas de la comunidad que debemos para convivir con los demás, presionados por las tradiciones y por el consenso general. De lo contrario nos convertiríamos en solitarios o en inadaptados.
Queda descrita la cultura objetiva. ¿ En que sentido puede hablarse de cultura subjetiva y cuales son sus vínculos con la objetiva? . En primer lugar, La cultura subjetiva es el estado de captación de lo objetivo . Somos "Cultos" en la medida en que elevándonos al plano de lo objetivo, ( sociedad, arte, moral,ciencia, política, etc. ) Captamos su sentido. Somos "cultos" cuando vivimos o, si se quiere, cuando "revivimos" lo supraindividual representado por el mundo de los bienes y los valores. En esta cualidad de la cultura subjetiva esta implícita su relación con la objetiva. Nuestra misión espiritual, y con ello queremos decir humana, tiene sus raíces en la compresión de las normas que viven en el mundo cultural objetivo, pero a la vez nuestras valoraciones intimas se proyectan sobre el y nos convierten en su sostén, por que sin subjetividades que re-creen la objetividad, esta inevitablemente se derrumbaría. Como ejemplo: Que sucedería si todos los que hablamos el castellano nos pusiéramos de acuerdo en no hablarlo mas, en no reelaborarlo ni enriquecerlo?
Por el proceso cultural los valores se encarnan en los bienes. Esto significa que no son los mismos los valores que los bienes culturales. El valor es la cualidad que se realiza en un determinado objeto ( la utilidad es el valor que tiene ese bien, por ejemplo una silla; la belleza, el valor, o lo que da valor a una sinfonía). El bien es la materia que sirve de sostén en el valor. En consecuencia: se llaman bienes culturales a aquellos objetos que realizan o concretan un valor. El valor otorga sentido e individualidad al bien, lo distingue de los otros objetos. Hay gran distancia entre una piedra cualquiera abandonada en un camino, y otra tallada por la mano del hombre.
Como aquella esta también es una piedra, pero sin embargo el valor que el hombre realizo en ella ( por ejemplo, la belleza ) le ha dado un sentido, la ha dotado de individualidad.
Valores y bienes, los primeros en el plano de la idealidad; (al menos según una de las tantas concepciones del valor; en este caso se acepta la teoría objetiva del valor, que lo coloca por encima de la experiencia común y que la distingue del bien cultural que es la materia en la cual el valor se encarna o se manifiesta). Los segundos en el de la realidad, forman, pues, el mundo cultural del hombre. A su contacto este se desarrolla y se forma.
La educación como realidad y como proceso adquiere en ese ámbito su mas alto significado, de como se conecta con el y de las consecuencias de ese encuentro lo vemos a continuación:
SISTEMA DE LOS CONCEPTOS CULTURALES DE LA EDUCACIÓN
Como ya se ha señalado, la riqueza del enfoque culturalista de la educación es insospechable y muy difícil de abarcar en todas sus proyecciones. Por esa causa lo mejor es intentar la sistematizacion de los conceptos principales de la educación a la luz de ese enfoque, teniendo en cuenta solo las lineas evidentes de la relación que los alimenta. En este caso servirán de punto de apoyo las dos formas de la cultura ( objetiva y subjetiva ).
Los conceptos de la educación desde el punto de vista cultural son, en esencia cinco:
1.- bien de cultura.
2.- Síntesis de cultura.
3.- Transmisión de cultura.
4.-Individualizacion de la cultura.
5.- Transformación de la cultura.
LA EDUCACIÓN BIEN CULTURAL
Tanto como la religión, la ciencia, el arte las convenciones sociales, etc. , integran lo que comúnmente se denomina cultura de un pueblo, y son, por sus características, bienes culturales, también la educación es un bien cultural dentro del ámbito de la cultura objetiva que toda comunidad sostiene. Con ese criterio es que Eduard Spranger la define como un "patrimonio tradicional y actual de la sociedad". Es en ese sentido que se habla de la "educación argentina" o de la "educación medieval", con el mismo derecho con que puede hablarse de la "cultura argentina" o de la "cultura medieval".
LA EDUCACIÓN SISTESIS DE LA CULTURA
Vinculado con el anterior planteamiento se da otro concepto de la educación. El hombre es educado mediante los bienes culturales que, con ese propósito, son sistematizados conforme a los fines que se persiguen y al nivel espiritual y mental de quienes deben aprehenderlos. La educación condensa, sistematiza, o concentra todos los bienes culturales, pero no bien estos entran en su territorio se convierten en bienes formativos.
Por consiguiente: la educación es la síntesis y la condensación consciente de la totalidad de la cultura.
LA EDUCACIÓN, TRANSMISIÓN DE CULTURA
Como ya se ha señalado la educación sintetiza y sistematiza la cultura para transmitirla. Sin ese proceso de transmisión de la cultura existente no podría esta mantenerse, ni tampoco la comunidad a la cual da sentido. Esto se comprende aun mas si se tiene en cuenta que la cultura objetiva se proyecta en el tiempo siempre y cuando existan individuos que la capten y la vivan constantemente. En este plano, que se da pegado al anterior y al que sigue, la educación es, pues, el proceso de transmisión de la cultura dada o vigente con el objeto de reproducirla y mantenerla.
LA EDUCACIÓN, INDIVIDUALIZACION DE LA CULTURA.
La transmisión cultural se propone hacer en cada individuo el sentido de los bienes culturales que la comunidad sostiene. La Individualizacion de la cultura es, y debe ser, el producto de la transmisión cultural. Como lo ha dicho Hermann Nohl: La educación es el aspecto subjetivo de la cultura, la forma interior, la actitud espiritual del alma que puede acoger todo lo que viene de fuera con sus propias fuerzas, en una vida unitaria, y transformar todas las acciones desde esta vida unitaria.
LA EDUCACIÓN, TRANSFORMACIÓN DE LA CULTURA.
Sin embargo la educación no puede, ni debe conformarse simplemente con transmitir y subjetivizar la cultura existente.
Si solo eso hiciera se quedaría en la mitad del camino. Ya Hermann Nohl lo deja entrever en la ultima parte del concepto antes transcrito. La cultura es el fruto del encuentro dinámico entre subjetividad y objetividad, y la educación debe ayudar a ese dinamismo no limitándose a transmitir los bienes dados, sino suscitando en el hombre una capacidad renovadora de la cultura de su tiempo, una voluntad de mejorarla. Nuevamente es Spranger quien nos facilita un concepto que reúne las dos ultimas funciones de la educacion: voluntad despertada por el amor generoso en el alma de otro, para desarrollar desde dentro la total receptividad de valores y su total capacidad creadora de valores. en términos mas accesibles: la educación es el proceso de vivificacion, de renovación y de creación de la cultura.
ALGO MAS SOBRE LOS CONCEPTOS ANTERIORES.
En los cinco conceptos desarrollados puede verse jugar los dos sentidos de la cultura: objetiva y subjetiva. Ahora bien: ¿ En que medida y manera esos sentidos han servido de criterios determinantes de la forma y el orden de esos conceptos? El primero Educación bien de cultura se logra partiendo de la cultura objetiva. No sucede lo mismo con el segundo, donde ambos sentidos se combinan, pues es en la subjetividad del educador donde primero se alcanza la condensacion sistemática de los bienes culturales y, a través, de la conversación de los mismos en bienes formativos. Pero esa tarea no tarda en objetivarse en un sistema educativo ( el plan y el programa de estudios, por ejemplo) que trasciende la mera individualidad del educador y del educando. El mecanismo que implica el segundo concepto se expresa en un pasaje de lo objetivo (bienes) a lo subjetivo (punto de referencia: el educador), para ascender nuevamente a la objetividad (sistema educativo).
El tercer concepto (transmisión) supone la proyección de la objetividad sobre el educando, cuya asimilación individual refleja el cuarto (subjetivizacion). En ambos predomina el pasaje de lo objetivo a lo subjetivo, pero con una diferencia: en el primer caso el punto de vista determinante es la acción del educador que transmite; en el segundo, la educabilidad del educando que recibe.
El quinto y ultimo concepto tiene vigencia en el camino inverso al reflejado por los dos anteriores. Aquí se trata del pasaje de la subjetividad a la objetividad, debido a que el receptor se convierte en transformador y en creador de cultura, saliendose del marco de lo estrictamente individual.
CONCEPTO INTEGRAL DE LA EDUCACIÓN EN SUS RELACIONES CON LA CULTURA.
Todos los conceptos dados de vla educación en sus relaciones con la cultura responden a puntos de vista particulares y son el fruto de una labor abstractiva que separa lo que en la realidad es inseparable. Con esto queremos decir que la educación como proceso cultural es un proceso continuo. No es posible pensar en transmitir primero la cultura, y recién despues ver cual es el camino de su transformación. Ambas cosas se dan unidas en el acto educativo. Por eso y para no perder la unidad del proceso pedagógico cultural, conviene intentar un concepto totalizador de la educación.
El concepto integral podría ser: la educación es la integración cultural y personal . Por cierto que se trata de la integración del hombre, único ser capaz de cultura y educación.
El concepto implica dos cosas de un mismo proceso. Por un lado es integración (incorporación) del hombre a la cultura; por el otro integración de la cultura misma.
No es mas que una interacción: al recibir la cultura el hombre se integra a ella, pasa a formar parte de ella; pero como al mismo tiempo es capaz de re-elaborarla y de crear mas cultura, se va formando e integrando a si mismo como persona. la persona se obtiene justamente en el libre juego de lo individual con el mundo de los valores objetivos. Razón de mas para no olvidar que la educación como cultura cumplirá su misión unicamente si tiende y otra vez Spranger, a la "esencial formación personal de los sujetos en desarrollo".
domingo, 9 de junio de 2013
EDUCACION,NATURALEZA,SOCIEDAD Y CULTURA
CONCEPTO GENERAL DE EDUCACIÓN
La Educación es la formación del hombre y la mujer por medio de una influencia exterior consciente o inconsciente(heteroeducacion), o por un estimulo, que si bien proviene de algo que no es el individuo mismo, suscita en el una voluntad de desarrollo autónomo conforme a su propia ley(autoeducacion).
Lo planteado abarca al fenómeno de la educación en sus diversos rasgos. Primero lo hace por su fin mas general (formación del hombre), aunque no especifique de que formación se trata; en segundo termino, nos pone en contacto con el carácter de influencia que le es propio en tanto heteroeducacion consciente (educación sistemática) o inconsciente (educación cósmica); en tercer lugar, y finalmente, comprende el sentido de la educación como desarrollo autónomo (autoeducacion) pero sin dejar de reconocer que ese desarrollo no puede cumplirse sin el apoyo, por lo menos de un estimulo externo. Claro es que, en su afán por abarcar en un único golpe de vista el mayor numero de notas, ese concepto cae en el defecto de una excesiva generalidad y amplitud. En cierta forma es lo que buscabamos, pero no podemos quedarnos en esa sola idea general.Si nos conformamos con ella, no cumpliremos con el propósito de agotar en todo lo posible el concepto de la educación.
COMO LLEGAR AL CONCEPTO RESTRINGIDO DE LA EDUCACIÓN
A la idea restringida de la educación puede llegarse por dos caminos: el primero, a partir del concepto de la educación como actividad intencional (educación sistemática); el segundo, teniendo en cuenta el proceso educativo general, y haciendo de la educación (en sentido estricto) uno de los momentos precisos de ese proceso.
NATURALEZA Y CULTURA. CULTURA Y SOCIEDAD
Las diferencias y semejanzas que pueden establecerse entre los mundos natural, cultural y social.
La naturaleza se distingue de la cultura, no se le opone.La diferencia ha sido claramente indicada por Heinrich Rickert en su obra Ciencia Cultura y Ciencia Natural. Para este autor "naturaleza es el conjunto de lo nacido por si, oriundo de si y entregado a su propio crecimiento".Cultura, en cambio, es "lo producido por el hombre según fines valorados y, si la cosa existe de antes, como lo cultivado intencionalmente por el hombre en atención a los valores que en ella residen".Conforme a esa distinción la naturaleza es lo espontaneo, lo que se desarrolla por sus propias fuerzas sin la intervención del hombre. Por el contrario, la cultura es lo producido o creado por el hombre, por encima de la naturaleza, para realizar determinados valores (belleza, bondad, verdad, utilidad,etc.).Por los valores la obra humana adquiere sentido y se individualiza. Su presencia en un objeto determina el carácter cultural de ese objeto.
La esfera de las producciones humanas comprenden desde el trabajo del artesano hasta la creación estética mas elevada; desde la técnica a la ciencia; desde las formas básicas de la comunidad hasta las mas complejas de la organización politica o económica. Todas ellas son el fruto del impulso o de la tendencia del hombre a expresar sus deseos y sus concepciones mas intimas.
Si nos atenemos a esa idea de la cultura las formas sociales quedan también comprendidas por ella. Sin embargo hemos separado la sociedad de la cultura, para hacer dos de los mundos en los cuales le toca vivir al hombre. Aparte de que la sociedad tiene por si sola una fundamental importancia para la educación que justifica un tratamiento por separado, hay otras razones para dedicarle una atención especial.
Estas razones proceden del tipo peculiar de relación que mantiene la sociedad con la cultura y que el filosofo argentino Francisco Romero ha llamado "relación de envolvimiento". La comunidad es una expresión de cultural, en tanto fruto del esfuerzo creador del hombre, pero al mismo tiempo es el terreno en que se apoya y desarrolla toda cultura
EDUCACIÓN Y NATURALEZA
Las realidades que designan los términos educación y naturaleza ofrecen relaciones que hacen posible la formación de otros conceptos de la educación. Esas relaciones pueden ordenarse de acuerdo a tres puntos de vista:
* De la naturaleza orgánica individual.
* De las educación cósmica,
* De la educación sistemática.
En el primer caso puede decirse que la educación es el proceso por el cual la naturaleza del hombre cumple su ciclo normal. Aquí es donde la educación juega el papel de instrumento sin el cual no le seria dado subsistir al ser biológico del hombre. Aquí adquieren realidad los conceptos de cuidado, crianza y cultivo, imprescindibles para que el ser desamparado que es el hombre al nacer, no vea detenerse su crecimiento. Como muy bien ha dicho Dwey "la educación es una necesidad vital que permite, al satisfacerse, la supervivencia del ser biológico", Ademas, Dwey sostiene que la educación en su sentido mas amplio, es el medio social de la continuidad de la naturaleza. Esta afirmación es importante puesto que demuestra que aun cuando la educación se relaciona con la naturaleza, no es, en si misma, un hecho natural, sino un proceso social y cultural.
Si tomamos el punto de vista de la educación cósmica puede obtenerse otra conexión interesante. Ya vimos al estudiar la forma inintencionada de la educación como la naturaleza obra sobre nuestro ser físico y espiritual configurándolo en parte, sin que tengamos conciencia de ello. En consecuencia la naturaleza se convierte aquí en un factor de la educación cósmica que actúa por acción de presencia sobre el individuo y sobre la comunidad.Como puede observarse en esta segunda relación nos estamos moviendo no ya dentro de la naturaleza orgánica individual, sino de la naturaleza total, del medio físico en que vive el hombre.
También en el tercer punto de vista, el de la educación sistemática tomamos a la naturaleza en su totalidad: el educador, realizador de la educación sistemática, se sirve de la naturaleza como un contenido o como un instrumento al servicio de sus propósitos. No es difícil comprenderlo: del medio físico saca el educador, y toda la educacion sistemática, elementos o materiales de instrucción ( el rió, las piedras, el sol, etc.) o medios para despertar ciertas energías espirituales del ser (por ejemplo, la incitación a gustar de las bellezas naturales)
LA SOCIEDAD DEFINIDA CON CRITERIO PEDAGÓGICO
Lo mas conveniente seria introducirnos en el estudio de las relaciones entre educación y sociedad, a partir de un concepto de la sociedad.Pero como esta seria una tarea improba preferimos dar directamente ese concepto con criterio educativo, es decir, definir a la sociedad desde la educación, antes de definir a esta desde el punto de vista de sus relaciones con la sociedad.
Un destacado pedagogo alemán contemporáneo nos ayudara, se trata de Ernst Krieck quien define a la comunidad mediante tres notas que intentaremos reunir.Para el la comunidad o sociedad es, en primer termino,"convivencia y proximidad espacial"; en segundo lugar, "sujeción a una norma superior, a un ideal" ; y finalmente, esa sujeción a la norma no es valida solo para los hombres que viven en un mismo tiempo, sino que es el puente que une los diversos momentos del desarrollo social a través de la historia. Las tres características reunidas pueden darnos el siguiente concepto de comunidad: convivencia, proximidad y sujeción a una norma que une las generaciones pasadas con las presentes.
Si reflexionamos sobre ese concepto de la comunidad enseguida notaremos la presencia simultanea de un cierto concepto de educación pues esta no se propone otra cosa, desde el angulo social, que la asimilación de las generaciones jóvenes a la forma de vida de las generaciones adultas, la elevación del ser inmaduro a un tipo medio de hombre, que es el típico para cada comunidad que pretende durar en el tiempo. De ello resulta que el mecanismo propio de toda sociedad es, por esencia, un mecanismo educativo, con lo cual estamos en el centro mismo de las relaciones entre educación y sociedad.
EDUCACIÓN Y SOCIEDAD
A esta relación le son aplicables los mismos criterios que a la que se refiere a la educación y la naturaleza, esto es:
a.- la sociedad como organismo.
b.- estructura de la educación cósmica.
c.- necesidades de la educación sistemática.
Así como el recién nacido moriría si es abandonado a sus propias fuerzas, sin el cuidado y la conducción de sus mayores, lo mismo le sucedería a una comunidad que no cuidara de su cohesión y de su continuidad. si la sociedad no es solo un conjunto de hombres, sino sobre todo, la sujeción de esos hombres a una norma común, a tradiciones y a ideales comunes, esas normas deben transmitirse de generación en generación. La educación es quien se encarga de transmitirlas y comunicarlas, sea en forma cósmica o sistemática. Para este aspecto resultan validas las definiciones de Durkheim y de Dewey. El primero sociólogo francés, opina que la educación es el proceso de "socializacion progresiva y metódica de las generaciones jóvenes por las generaciones adultas". De manera mas completa Durkheim expresa así su concepto de la educación "La educación es la acción ejercida por las generaciones adultas sobre las que todavía no están maduras para la vida social. Tiene por objeto suscitar y desarrollar en el niño cierto numero de estados físicos, intelectuales y morales, que exigen de el la sociedad política en su conjunto y el l que esta particularmente destinado.
El segundo filosofo y pedagogo norteamericano, con una visión mucho mas amplia, la concibe como "la suma de procesos, por los cuales una sociedad grande o pequeña transmite sus poderes adquiridos con el fin de asegurar su continuo desarrollo y su subsistencia". Así entendida la educación es una necesidad social, de la misma manera que antes se nos había presentado como una necesidad vital.
Desde otro punto de vista la educación sistemática saca contenidos educativos de la vida social y los pone al servicio de su labor. No solo contenidos, sino también objetivos, finalidades (por ejemplo, es muy común afirmar que uno de los fines de la educación es la socializacion del hombre).
Asimismo la sociedad educa, como la naturaleza, por acción de presencia ( punto de vista de la educación cósmica). Por eso es un factor de la educación. Pero en este aspecto se distingue de la naturaleza, pues mucho mas que esta, la sociedad obra activamente sobre el individuo. De ahí, pues, que la educación no solo sea una necesidad, sino también una función social.
EDUCACIÓN Y CULTURA
El criterio que podríamos denominar cultura lista (enfoque de la educación como hecho de de cultura) es quizá uno de los que mas ricas consecuencias puede aportar al planteo del problema del concepto de la educación. Pero para aplicarlo es imprescindible insistir algo en el ya expuesto significado de la cultura, en sus formas objetiva y subjetiva, y en el sentido de los bienes y valores culturales.
viernes, 10 de agosto de 2012
ORIGEN DE LA ETICA
En la época Homérica: La ética nació
como disciplina filosófica, con la reflexión de los sofistas, en Grecia. Para
Comprender las condiciones de su origen, debemos remontarnos al estudio de los
juicios de valor de tiempos anteriores; por ejemplo para Homero el principal
juicio de valor consistía en calificar a los hombres que reunían los requisitos
de habilidad, valentía, astucia, etc. Sin dar mayor importancia a lo que hoy entendemos por moralidad.
Con el tiempo, el término fue perdiendo su significado original. Se
transfirió el contenido original de la palabra a la estirpe de aquel de aquel a
quien se califica, por eso ahora se daba
únicamente a aquel que tenía sangre de noble.
En la época clásica: Se reunían las
cualidades de sus antepasados, se hizo necesario, culturalmente, revisar los
calificativos, empezando a popularizarse el uso de la palabra arete, que quiere
decir virtud, para referirse a las cualidades que debía tener un buen hombre,
pero que muchas veces no tenia.
En la práctica, la virtud se resumía a la cualidad de la justicia,
tratando de determinar en que consistía la justicia; pero este era un problema
serio, pues en los distintos estados griegos se veían justicias diferentes. La pregunta
por la justicia se convierte en un cuestionamiento por la posibilidad de que
exista una justicia universal e incambiable, que sea fundamento de la virtud.
Alrededor de estas preguntas por la justicia, la virtud y la bondad, se
estructura la Ética, que a partir de un estudio etimológico, puede definirse
como “ciencia de
la recta configuración del carácter del hombre” o como “ciencia de las costumbres”, según la interpretación
que se haga de los originales griegos.
ETICA DESDE LA EXPERIENCIA HUMANA
La ética, o mejor, la moral, a nivel de experiencia, consiste en saber
emitir juicios acerca de la bondad o maldad de los demás, de sus actos o del
mismo sujeto que juzga, por lo que se debe tener criterios para hacer esos
juicios, por ejemplo sobre las acciones, sobre las personas, y sobre la vida
entera.
JUICIO SOBRE LAS ACCIONES: A nivel
de acciones, se ha planteado una serie de discusiones sobre el derecho que los
hombres tienen de juzgar las acciones de los demás. Los que se oponen a este
derecho, argumentan con el principio que sostiene que cada hombre que juzga es
el primero en caer en la falta que condena.
Si se siguiere tal principio, se caería en una postura ética que
permitiría al individuo realizar todo cuanto su conciencia tolere. Creemos que
toda acción debe tener un criterio objetivo que permita el juicio sobre la
misma y sobre el hombre que la ejecuta.
Para buscar ese criterio objetivo hay que analizar los elementos que se
hallan en toda acción: una persona que la ejecuta, la circunstancia en que se
ejecuta, el fin perseguido, la intención de perseguir el fin y el efecto
producido.
Toda acción es ejecutada por una persona humana. Esta tiene una
disposición biológica heredada y otra cultural adquirida para actuar de un modo
determinado.
A la disposición biológica se conoce con el nombre de temperamento, y a
la cultural todo lo que se ha aprendido a través de la educación y es lo que le
da el carácter. Se debe reconocer que en todas las acciones hay predisposición,
pero las personas, por su libertad, pueden elegir cada uno de sus actos. Y el
hombre debe responsabilizarse de los actos que elija.
La persona no puede ser, el criterio de moralidad que buscamos. Otros
argumentan que podría juzgarse un acto por las circunstancias a que obedece. En
este caso se contestara que hombres distintos responden de un modo diferente en
las mismas circunstancias, pues no pueden ser tampoco el criterio de moralidad.
Se ha dicho también, que un acto que será bueno si se encamina a un fin
noble y loable que se situé en la esfera de los valores absolutos.
Pero eso solo podríamos juzgarlo si conociéramos la intención de quien
ejecuta el acto.
Si existe el fin bueno, el hombre puede encaminarse a el por sus actos,
es decir, puede tener la intención de conseguir el fin. Pero esos actos, aunque
persigan el fin bueno, pueden no lograrlo. En ese caso se dice que si bien la intención es buena, el acto no lo es.
No basta solamente la intención para determinar la bondad o maldad de un acto.
Solo se debe considerar el efecto conseguido con el acto. Es por medio
de los resultados que podemos juzgar objetivamente lo ético de un acto, lo que
nos lleva a este pensamiento un tanto popular: Obras son amores, y no buenas
razones. Si los resultados se encaminan a un fin bueno, aunque se persiga ese
fin, la acción es considerada buena.
El juicio sobre las personas: Se puede decir que no son los actos
particulares o las intenciones los que determinan si se es bueno o no. Tampoco
lo podría determinar la responsabilidad, pues una persona puede
responsabilizarse de las consecuencias de un acto malo y nocivo y no por ello
ser bueno.
El hombre bueno se determina por el carácter moral que se va
conformando en sus actos, por sus hábitos, por sus costumbres. Por algo se dice
que la Ética es también Ciencia de las Costumbres.
El Juicio Sobre la Vida: La vida solo se puede juzgar como buena o mala
una vez que se da por terminada, cuando se valoran los resultados alcanzados,
cuando se comparan los efectos logrados con los fines pretendidos o cuando se
valora absolutamente la vida según su orden transcendental.
El juicio sobre la vida total lo puede hacer un hombre cuando esta por
terminar su vida física o cuando ha terminado una etapa significativa de su
vida; pero también puede hacerlo quien observe desde fuera la vida terminada de
otro, después de su muerte, o ante un acontecimiento crucial en esa vida.
Entendiendo que la vida buena es la meta de toda elección, ya que nadie
escoge a sabiendas el mal. Es negativa en el sentido de que seria difícil para
las personas convenir en cuales exactamente habrían de ser los detalles de la
vida buena.
Quienes están satisfechos con las metas alcanzables a corto plazo,
tienen una firme fe en que la inteligencia conveniente aplicada a los problemas
cualesquiera que sean, constituirá a la larga una vida buena, esto es, una vida
de acción inteligente. Resolver los problemas cotidianos inteligentemente de
manera que nos acerque a la vida buena.
La vida buena tiene dos cuestiones correlativas importantes: el buen
individuo y la buena sociedad. Se trata de resolver la cuestión de la primacía
entre el buen individuo y la buena sociedad, por que el hombre no puede ser
definido sin referencia a la sociedad. La vida buena se revela en ambos. Surge
cuando el individuo se comporta de cierta manera para con los demás y cuando el
grupo esta de tal modo estructurado, que lo ayude a vivir bien.
Hay, sin embargo, un sentido en
el que el individuo es más directamente interesante en la vida de una sociedad.
Para la Filosofía de la Educación la vida buena se esboza así: Es transcribir
la vida buena, el buen individuo y la buena sociedad, en aprendizajes que
posiblemente contribuirán a producirlos. Esto significa el establecimiento de
una jerarquía o graduación de medios y fines, para que idealmente cada
actividad educativa, por mínima que sea, encuentre su justificación en cada
objetivo de vida.
El filósofo tiene un puesto específico en el viaje hacia la vida buena;
es responsable de enmarcar la visión misma dentro del trabajo filosófico del
pasado y del presente, en un lenguaje y de un modo tal, que todos puedan
comprenderlo, de tal manera que todos los ciudadanos puedan llegar a una
comprensión practica de la misma.
Aristipo: que el secreto de la vida buena estaba en el placer, el
placer más intenso y desordenado de que pudiera disponerse.
Epicuro: convino en que el placer
era ciertamente el mayor bien, pero tuvo tanta cautela para evitar el dolor,
que llego a desprestigiarse a cambio de nada.
John Stuart Mill: afirmo que el
placer era el bien supremo, pero siendo exigente en cuanto a las clases de
placeres, no lo era tanto con respecto a quienes debieran disfrutarlos; por
tanto, abogo por la mayor felicidad para el mayor numero.
Aristóteles: decidió que la
felicidad se alcanzaba mejor en una vida dedicada a la práctica de la virtud.
El cristianismo consideraba el amor a dios y al prójimo como la llave
de la vida buena.
Otros han cifrado en el poder, la fama, el servicio social, la vida
sencilla, la vida activa y hasta en el saber.
Si vemos a nuestro alrededor o leemos las confesiones y aspiraciones de
nuestros contemporáneos, tenemos que creer que la vida buena puede
desarrollarse en una granja, en una ciudad, en las vidas del grande y el humilde, el rico y el pobre, la
hermosa y la fea.
Hay una variedad casi infinita de estilos de vida en los que los
hombres dicen que hay satisfacción, así como hay una infinita variedad de vidas
que se juzgan miserables.
Cuando en una vida en la que siempre predomina el dolor físico, no será
juzgada como buena por quien la sufre, para que se le juzgue buena una vida no
debe ser predominantemente aterradora. Un leve peligro tiempla el ánimo, pero
los prolongados periodos de temor tarde o temprano nos acobardan a todos. Los más
inquietantes de esos peligros no necesariamente nos amenazan con el daño
corporal.
El riesgo de perder prestigio, seguridad o amor, aunque no tan violento
como los de la guerra, es más poderoso aun para destruir la confianza. En
verdad, ningún hombre crónicamente ansioso es feliz o se juzgaría como tal.
Pero el hombre feliz encuentra medios para esa sensación de seguridad en si
mismo.
El bienestar físico y el amor no son suficientes, la persona tiene que
sentir que vale algo y que lo merece; necesita una sensación de poder y
habilidad, necesita tener la convicción de que su presencia significa algo en
el mundo, necesita ser necesario; están en la constante búsqueda de la prueba
externa de su merito en forma de reconocimiento, títulos, mejores empleos con
escritorios mas grandes y premios en competencias de todas clases.
Para ser exactos algunos se satisfacen con muy pocos valores y otros
engañan al mundo y con frecuencia a si mismos, pero tales desviaciones son
relativamente raras. La mayoría de los hombres no son felices a menos que
puedan respetarse a si mismos, cualquiera que sea su concepto del respeto
propio. En consecuencia, difícilmente juzgaran buena una vida de la que estén
secretamente avergonzados.
Para ser juzgada buena o satisfactoria, la vida debe tener una tensión
hacia el futuro, a la que se puede designar con la sola palabra excitación o
gusto. El aburrimiento y la felicidad se excluyen mutuamente, pero para que la
vida sea interesante y absorbente, necesita jugarse algo en los acontecimientos
futuros.
Es el más objetivo de todos los criterios de la vida buena. Es difícil
citar alguna cosa en la que alguien no tenga un vivo interés. Pero cualquiera
que sea la capacidad del individuo para la excitación o el aburrimiento, no
juzgara buena una vida que con razón o sin ella, encuentre gris, desabrida y
monótona.
Dichas estimaciones las hace el individuo con respecto a su propia vida
y no hay modo de que podamos llegar al interior de su experiencia para
cerciorarnos de que lo que dice es lo que realmente encuentra. El ser humano si
se siente desgraciado, feliz o contento, nadie podrá hacerlo que se sienta de
otra manera; el es el arbitro final acerca de lo que en cualquier momento esta
presente en su experiencia consciente.
Siempre estamos juzgando la bondad o maldad, la felicidad o miseria de
las vidas ajenas y con mucha frecuencia nuestros juicios no concuerdan con las
estimaciones subjetivas de las vidas que juzgamos.
Somos igualmente incrédulos con respecto a lo dicho por la gente
mediocre, que juega con sus interminables afanes, su ininterrumpido contacto
con la vulgaridad constituyen una vida buena. En otras palabras, las
estimaciones objetivas y subjetivas no siempre coinciden.
Como se aplican criterios a la medición de la bondad de la vida, tal
como otros la viven; de manera general se ha llegado a convenir en que el
dolor, las penalidades y las privaciones físicas son, en el mejor de los casos
males necesarios. Muchas estimaciones subjetivas y objetivas concuerdan en
esto, pero cuando se trata de decidir que es doloroso y como debe aceptarse, la
verdad se hace muy difícil entenderlo.
Por lo tanto, la estimación objetiva mide el sufrimiento físico no solo
por su intensidad y duración, sino también por sus causas y efectos probables;
en consecuencia, las estimaciones objetivas individuales pueden variar tanto
como las subjetivas; sin embargo, cuando reunimos nuestros juicios, gran parte
de las discrepancias queda eliminada. De aquí que, en los juicios acerca de la
bondad de la vida, el observador objetivo, analiza la actitud del individuo
hacia esos males que la vida le
presente.
Como tratar el placer y el dolor en los estudios de ética, y las
virtudes son las disposiciones de ánimo que se desarrollan para tratarlos con
éxito.
El valor es la disposición correcta
hacia las penas causadas por los peligros; la templanza
es la disposición correcta hacia los placeres y dolores corporales; la libertad es la disposición correcta hacia los
placeres y dolores de dar y recibir bienes materiales; la
justicia es la disposición correcta para la distribución de placeres y
dolores entre nuestros semejantes. Conservar esas disposiciones correctas,
cualquiera que pueda ser el significado de correcto, es la esencia del buen
carácter.
Por lo tanto, siempre que juzgamos la vida de otros, no solamente vemos
los dolores y placeres que suponemos que tienen, sino también sus actitudes
hacia ellos, reveladas en sus palabras y acciones y lo hace con gran valor, son
juzgados como acreedores a la vida buena, ya que usar el conocimiento es en si
una de las importantes virtudes.
Al tener la sensación de valer y ser capaz de realizar constituye una
sensación agradable para todo ser humano, puesto que la sociedad demanda la
forma en que el individuo las satisface.
La vida de una persona no se considera muy buena si no puede sostenerse
a si mismo y a su familia, o si no puede prestar los servicios que le han sido
asignados por la comunidad, el país y los amigos y la sociedad gradúa la bondad
de la vida por la cantidad de servicios prestados. Por lo que el concepto de la
diferencia de capacidades interviene en el juicio; es preferible que un hombre
utilice sus posibilidades para la vida buena y que no deje de hacerlo.
La vida buena es una expresión muy amplia, la utilidad de la vida
buena, depende del acierto con que podamos identificar y estimar las potencialidades
de cada uno en relación a las facultades que se poseen, ya que la formula de la
vida buena prescribe el desarrollo de nuestras facultades humanas, de manera
que funcionen sin desperdicio de las mismas.
En este caso, el grupo se convierte en una sociedad buena, y el
individuo no solo satisface sus demandas sino que es verdaderamente feliz al
hacerlo; aplicando estas dimensiones: autodeterminación, autorrealización y
autointegración.
La cuestión es aquí difícil, pero clara; se trata de dilucidar si el
termino bueno se refiere a lo que gusta en un momento dado a las personas, o si
hay una estructura en la personalidad humana, es decir, en la naturaleza
humana, que defina lo que es bueno, ya sea que el individuo considere que lo es
o que no lo es, en cualquier momento de su vida.
Dicho de otra manera, la tarea a que se enfrenta cualquier punto de
vista que se apegue a un concepto objetivo de la vida buena, es demostrar que
la naturaleza humana tiene una estructura que en todas partes es la misma y que
esa estructura demanda para su propia conservación, la forma de acción
característica de la vida buena.
Todas Las personas tienen su propia ética ya que toda acción humana, de
consecuencia social, comprende normas de comportamiento, refiriéndose a lo que
es lícito y a lo que no lo es; considerando que la ética es el compromiso que
adquiere el hombre de respetar a sus semejantes, en el trato cotidiano que
implica respeto para con las demás personas con las que se relaciona; además
constituye una necesidad y una garantía para que exista un clima de confianza
en las relaciones humanas y laborales de las personas.
Pero la elección siempre implica alternativas entre lo mejor y lo peor,
lo correcto y lo indebido. Si el objetivo es la vida buena se deben tomar
decisiones acerca del valor, acerca de lo mejor y lo peor, lo correcto y lo
indebido. Esto nos conduce al problema de las pautas o normas.
La costumbre define lisa y llanamente lo correcto y lo indebido, lo
mejor y lo peor. Siempre lo hemos hecho de esta manera, es el primer argumento
de justificación de las personas de cualquier sociedad y esta no puede confiar
con seguridad a la costumbre, lo instituye como ley, la ley de cada región establece un código de normas,
prescripciones y valuaciones, que estipula lo que los ciudadanos deben y no deben hacer, y que con frecuencia
especifica lo que les ocurrirá si desobedecen.
Hay una clase de normas que es más obligatoria que la costumbre y menos
formal que la ley. Es una costumbre que ha sido afectada, o infectada, por la
noción del bienestar publico; es difícil decir cuantas de nuestras se derivan
de las modas, pero en general son las mas poderosas de nuestras pautas.
Las creencias y la relación con la Divinidad engendran casi
simultáneamente un conjunto de demandas de la divinidad al hombre que pueden
ser tan poderosas como las modas. Definen lo correcto y lo indebido, lo mejor y
lo peor, y con frecuencia describen las recompensas y castigos por su
obediencia o desobediencia.
Podemos llamar a todas esas normas demandas
culturales. Son relativamente fijas en cualquier momento dado, por mucho
que puedan cambiar en el curso del tiempo.
Cuanto más obviamente artificial sea una norma, más vulnerable será.
Las leyes se discuten con mayor facilidad que las modas y las leyes civiles más
que las religiosas. Cuando un conjunto de demandas culturales se yuxtapone a
otro distinto pero no menos poderoso, surge inevitablemente la cuestión de cual
de los dos esta mas arraigado en la naturaleza de las cosas, o de si alguno de
ellos lo esta.
En las sociedades modernas se han llenado suficientemente todas las
condiciones, por lo que pueden distinguirse dos reacciones típicas pero
contradictorias. Una es que todas las normas son consideradas como relativas a
la historia de un grupo cultural en particular. La otra es que hay un verdadero
código de normas y que el grupo las tiene. La primera reacción se encuentra en
muchas teorías acerca de los valores; la segunda se manifiesta en las acciones
de los hombres.
Algunas veces solo nos preocupamos seriamente cuando las diferencias
para preferir los valores amenazan convertirse en graves conflictos entre
grupos o individuos. Solo entonces comprendemos que deben valuarse las
preferencias, en términos de mejor o peor y que sea universalmente aceptado y
la única alternativa es la tolerancia universal o la guerra perpetua.
Como los hombres no pueden llegar a la primera ni sostener la segunda,
titubean entre las dos; toleran lo que no pueden remediar y destruyen lo que no
pueden soportar.
El que las costumbres y maneras hayan de ser relativas a diferentes
culturas, es de esperarse. En términos generales, se reconoce que las leyes de
Dios cuentan con el respaldo unánime, las siguen los amplios principios de
rectitud y justicia y en último lugar están los reglamentos específicos
instituidos por las legislaturas, por que su objeto es prohibir ciertos actos
que algunas personas han realizado en el pasado y que desearían realizar en el
futuro.
Por lo que se considera que los códigos éticos son racionalizaciones de
las modas formadas culturalmente; son los sistemas de valores de una cultura, o
se adaptan a los cambios en la cultura material, o crean un retraso cultural;
para Marx los valores y hasta los intelectuales, son fortificaciones que las
clases erigen para proteger su posición en la lucha económica.
Es importante el modo de
comprobar los juicios sobre los valores, un objeto adquiere valor cuando es
escogido para lograr un propósito, eliminar una dificultad o servir a un
interés.
Los valores son el resultado de preferencias humanas entre intereses
humanos que compiten por el gusto o la necesidad de las personas de aplicarlos
a su practica cotidiana, además podemos llegar a saber a través del
conocimiento como surgen las preferencias, que condiciones rigen las elecciones
que los hombres hacen y que tan bien resuelven estos para alcanzar sus metas;
por lo tanto la vida humana va mejorando a medida que los hombres saben mas y
mas.
Las declaraciones de valor tales como esto es bueno, esto es bello y
esto es correcto; indican más bien cual es nuestra actitud o sentimiento hacia
ese acto u objeto.
Pueden también sostener que las normas de valor son establecidas por la
cultura que prevalece en el lugar donde se habita, ya que las normas de valor
expresan lo que la mayoría de la gente aprueba o desaprueba, o lo que siente
acerca de ciertas clases de actos.
Las teorías emotivas no dicen que el conocimiento no pueda modificar
las alecciones o cambiar las actitudes, pero que el conocimiento pueda
justificar racionalmente cualquier norma fundamental, como la justicia, la
benevolencia o la veracidad, también se debe valuar mediante una descripción de
su estructura sus necesidades e intereses.
Las actitudes pueden cambiarse alterando las creencias de las personas
o por medio de la persuasión, pero siempre en la búsqueda del valor por medio
del conocimiento, lo que implica que el conocimiento pueda comprender la
naturaleza valiosa de las cosas.
Si en algún sentido hay bondad, rectitud y belleza en las cosas y
actos, cuanto mas sepamos de nuestro mundo mas sabremos acerca de sus
posibilidades de valor.
Se conoce que el valor de un acto esta en el objeto o en la relación
entre objetos, de manera tal que pueda ser reconocido y juzgado como teoría del
valor.
Una de las teorías sostiene que los atributos de valor, como lo bueno y
lo bello, son cualidades que se conocen inmediatamente, la bondad es una
cualidad de un acto u objeto y se le siente inmediatamente como tal.
Decir que bondad es la capacidad de satisfacer el deseo o interés, o de
producir ciertas consecuencias que nos lleven a lo bueno, si es que estamos
interesados por las cosas buenas y desde luego no podemos hablar de bondad,
rectitud y belleza, a menos que se haya experimentado sensaciones que
correspondan a esos términos.
Cada objeto y cada acto al que prestamos atención, se nos presenta con
cierta cualidad, bello, amenazador, bueno, correcto, repulsivo, etc.
En primer lugar, sitúa la fuente de los valores en la relación entre
las estructuras de las cosas y las estructuras de la naturaleza humana, en este
sentido, los valores son objetivos.
En segundo lugar, hace que la apreciación del valor no sea meramente
cuestión de cambiar las actitudes de la gente, sino más bien es cuestión de
acrecentar y cambiar las actitudes que no sean las que se demandan en la
sociedad y de esa forma comprender las estructuras que dan origen a
percepciones de valor en el mundo.
En tercer lugar se debe aprovechar la parte valiosa de las
potencialidades del valor, a una visión mas intima de la naturaleza de las
cosas; además si la autodeterminación, autorrealización y autointegración son
en verdad las formas de la vida buena, y si podemos decir lo que cada una de
ellas significa en particular para cada persona, podemos especificar cuales
valores prometen facilitar o estorbar las perspectivas de una vida buena para
todos.
Es conveniente distinguir las
diferentes percepciones de los valores, así como apreciamos el valor de
lo bueno, lo malo, lo feo, lo bonito, lo afectivo, también hay que comprender y
valorar otros valores como los económicos: un objeto tiene valor económico si
tiene un precio en dinero y toda persona busca mejorar su economía, a través
del trabajo o de diferentes negocios, ya que es de suma importancia el valor
económico, traducido a un buen presupuesto familiar.
De salud, corporales y
recreativos: se hace necesario tener una buena salud, no solo física, sino
también mental una diversión sana es parte de estos valores y todas las
complacencias que derivan de la satisfacción de necesidades físicas, como el
hambre, la sed, el descanso y la relación sexual respetuosa y oportuna, ya que
es parte de las necesidades biológicas de todo ser humano.
Los valores sociales: se dan a
través de la satisfacción que obtenemos
de la amistad, el amor, la familia y la asociación en grupos, y que deben
necesariamente incluirse entre los
valores sociales.
Los valores morales: se expresan con la satisfacción y descontento que
sobrevienen en diferentes momentos de la vida por las actitudes de otras personas en relación a la escala de
valores.
Valores estéticos: Se
manifiestan a través de la percepción de los objetos a los que pueden aplicarse
adecuadamente los calificativos de bello, feo y que nos lleva a la aplicación
de la estética.
Valores intelectuales: el valor intelectual se manifiesta a través de
lo que nos lleva a descubrir la verdad, ya que estimamos o encontramos
satisfacción en llegar a la verdad en cualquiera de sus formas.
Valores religiosos. Este valor se manifiesta en virtud de su relación
con la Divinidad y se le puede llamar santo o sagrado.
Cada valor tiene un aspecto subjetivo y otro objetivo. A veces el valor
significa la sensación de satisfacción del individuo y a veces se refiere a
alguna propiedad o cualidad de un objeto o acto; esto se debe a que el valor es
la relación entre una persona y un objeto.
FUNDAMENTOS DE LA ETICA EN LA TEORIA DE LOS
VALORES
En primer lugar, Lo ético no consiste en el deber formal, sino en lo
que se debe hacer, siendo ese que el valor.
En segundo lugar, los valores son comportamientos que no dependen de la
persona que los valora ni de la sociedad en la que se vive, son ellos mismos en
si.
En tercer lugar, los valores no se hacen presentes en el orden de la
razón, sino en el orden del corazón; esto es, vividos, captados
sentimentalmente, de un modo jerárquico.
En cuarto lugar, los valores por ser sentidos y no razonados no pueden
ser tan definidos, solo pueden ser descritos en relación con otros valores; así
se dice que el valor bueno es el que se percibe como superior en la jerarquía
de los valores, mientras que el malo es el inferior.
Así, en el sentido de la justificación como justicia, es el
ajustamiento a la norma ética y no solo a la realidad
Los actos del hombre en el segundo sentido de moral, pueden ser justos
o injustos, morales e inmorales y hasta
amorales. Pero cada acto humano y el hombre mismo no pueden menos que ser
justos, adecuados a la realidad.
El hombre se conduce, pues su vida no es psicobiologicamente
determinada. Ya que las estructuras psicobiologicas lo exigen como libre; el
hombre es necesariamente libre y además es constitutivamente moral; pero la
disposición al ajustamiento depende del tono vital o temple mayor o menor; así
se habla de moral alta o baja o de personas sin moral.
Por lo que el hombre tiene que ajustarse a la realidad de la sociedad
en la cual es participante activo y lo hace conforme a determinadas normas y
sistemas de preferencias que vienen dados por la realidad de la sociedad.
Además debe desarrollar competencias para poder interactuar en la
sociedad, tales como el desarrollo de sus capacidades para desempeñar una labor
y en ese caso se dice que el hombre es competente y suficiente para desempeñar
un trabajo y se pude decir que el hombre esta en competencia de tal o cual
cosa.
En tal caso la competencia debe significar un compromiso personal y una
colaboración dinámica y permanente de todo su ser, en toda su dimensión física y espiritual, con
una tendencia conjunta hacia el bien común. Para garantizar esa colaboración se
proponen tres dimensiones en los cuales debe concretizar la competencia:
competencia intelectual, competencia moral y competencia física.
En la competencia intelectual se define como la posesión de la ciencia
y la sabiduría adquirida a través del aprendizaje y la experiencia, que toda
persona debe poseer y que a su vez se considera una persona culta, pero cabe
mencionar que la posesión de la ciencia
y la sabiduría no es posible y que se debe actualizar constantemente, ya
que la dinámica misma del conocimiento es cambiante y hace que el hombre este
en constante superación de los nuevos conocimientos.
La competencia intelectual debe comprenderse en dos momentos: Como competencia
técnica y como competencia humanística, en la primera, se trata de un
conocimiento teórico y sistemático de las ciencias que se refieren a una
profesión, al mismo tiempo que la capacidad de aplicar esos conocimientos a los
problemas que se le presenten en su vida cotidiana; se trata con todo rigor de
armonizar la ciencia y la experiencia.
En el segundo caso, se insiste en la necesidad del hombre de mantenerse
con una dimensión humana abierta a los demás y al deber, con una dimensión
abierta a la experiencia estética y a la solidaridad con el mundo y con los
demás, con el fin de evitar que el profesional se convierta en una maquina
eficaz, pero no humana.
En cuanto a la competencia moral se refiere a la necesidad que el
profesional tiene de referirse a un bien, al bien específicamente; esa
necesidad se refleja en la vida según la virtud, en la vida virtuosa, la cual
se manifiesta en el sentimiento de rechazo a todo lo que aparezca como oscuro,
injusto o dudoso, a la vez que en la conciencia de la dignidad de las personas.
Se distinguen dos virtudes: la justicia y la caridad. La primera se
vuelve un imperativo para la persona en la medida que es depositario de un bien
social y que además trabaja y especialmente para aquellos que trabajan con
jefaturas y tienen muchas personas para
que le colaboren y además trabajan con cosas estrictamente
confidenciales o manejan grandes capitales.
La segunda se refiere a la necesidad de que todo trabajador se dedique
a un servicio desinteresado de todos los demás miembros de la sociedad, aunque,
en un sentido de justicia, no este obligado a ello.
En la competencia física, muchas veces, algunas personas fracasan, por
que son físicamente incapaces y no tienen la aptitud necesaria para trabajar su
cuerpo o llegar a tenerlo como el de un fisiculturista en el caso del hombre y
en el de la mujer no llegan a tener las formas deseadas con las medidas que
exigen los parámetros de belleza.
Por lo general el principio de la competencia física es la higiene
mental y física. La higiene mental se refiere al conjunto de disposiciones
necesarias para aceptarse tal como son con sus defectos y virtudes, en cambio
la higiene física se refiere al mantenimiento de la capacidad física para
desempeñarse a cabalidad.
Cada una de las personas en su trabajo y de acuerdo a la ética tiene
sus propios deberes y responsabilidades que le son propios, debido a la
peculiaridad de cada uno en particular, además de sus deberes generales. Y
desde luego poner en practica sus juicios de valor, la virtud, la bondad, la
libertad con su libre albedrio, etc.
Recordemos que el libre albedrio significa la libertad de escoger, la
libertad de llevar a cabo nuestras decisiones deliberadas.
LA AUTODETERMINACION
Para que una vida se juzgue buena debe llevar la marca de la
autodeterminación y se equipara el bien con la libertad, una vez que se
atribuye el valor, ya no se puede desear una cosa que es la libertad como base
de todos sus valores, esto hace resaltar la posición estratégica de la
libertad, pero no lleva consigo la garantía de sus propias consecuencias; la
libertad debe ser para hacernos felices, en la vida buena debe tomarse en
cuenta que es lo que se escoge y como lo vamos a escoger.
Por tanto la vida es buena hasta donde se desarrolla y ejerce la
facultad de apreciar los valores. La escala y diversidad de valores posibles
para un individuo, se limitan a sus propias capacidades innatas; a la riqueza
de la cultura en que vive; la educación que aprovecha sus capacidades.
Además, hay que considerar la herencia del medio, especialmente
mientras no podamos medir la capacidad independiente de los factores del medio
ambiente, que solo revelan su presencia. Sin embargo, el niño recién nacido
muestra características estructurales que son genéricas. Las grandes
diferencias de realización, en medio de
las pequeñas diferencias del ambiente, demuestran la predominancia de las
capacidades innatas.
La autorrealización toma de la cultura su contenido particular, no hay
otra fuente de donde pudiera venirle; la efectividad con que puede aprovecharse
las facultades innatas de un ser, dependen del valor potencial de su cultura;
personas excepcionales, especialmente si no les molestan las incomodidades
sociales, pueden elevarse por encima de las limitaciones de su cultura, pero
hasta el pensador mas constructivo solo puede reacomodar los objetos e ideas ya
presentes en ella.
Las condiciones particulares de la vida pueden limitar la forma y el
grado de autorrealización; la falta de tiempo para educarse, de dinero, de
oportunidades, muchas veces obstaculizan la autorrealización.
Finalmente, el abismo entre las potencialidades y las realizaciones del
individuo, puede permanecer abierto por que los medios educativos de una
cultura son inadecuados para cerrarlo. Pueden fracasar, ya sea por no valuar
acertadamente las facultades del niño o por no tener las técnicas o la
determinación de aprovechamiento.
Cuando se habla de la autorrealización, se considera la necesidad de la
misma y los obstáculos que se le oponen. Sin duda en el termino autorrealización
los elementos importantes son el ser y la realización .El ser, como ya se ha
indicado, es una tensión peculiar entre lo que somos en un momento dado y las
posibilidades que concebimos de lo que podemos ser en momentos subsecuentes. El
ser es un esfuerzo para convertirse en
cierta clase de persona, pero es un esfuerzo hecho por un ser que es su propio
pasado.
LIBERTAD REFLEXIVA
Resultaría así, que realizar el propio ser es realizar algunas de esas
posibilidades, especialmente aquellas que han sido determinadas en nuestra
libertad reflexiva que consiste en enseñar las diversas formas en que el
conocimiento puede guiar a la práctica, la libertad reflexiva se atiene mucho
también a ciertas disposiciones y hábitos de pensamiento, tales como la
disposición de indagar, las causas, la de examinar las proposiciones a la luz de
las pruebas que de ella se presentan, la de tener la mente abierta; estas
disposiciones y hábitos cuando se reúnen, forman la mente liberal o liberada.
Por lo tanto la autorrealización significa: medir la capacidad para la
realización de valores y ver y ver que el niño aproveche totalmente esas
capacidades y recurre a la ciencia para ayudarse en cuanto a su aplicación.
AUTOINTEGRACION
El ser construye posibilidades de valor y se esfuerza por realizar esas
posibilidades de la dinámica de la personalidad humana. Es el factor de
integración, sin el, la autodeterminación y la autorrealización se dispersarían
en todas direcciones, esto ocurre en algunas personas.
Llamamos autointegración a la organización de nuestras energías para la
autorrealización, sin embargo algunos valores se excluyen mutuamente; los
valores que provienen de la vida social son incompatibles con los de la
soledad, no todos los valores se mezclan amistosamente, nos obligan a escoger
entre ellos; por lo tanto, cada elección significa emplear el ser entero, por
un espacio de tiempo, para bien o para mal.
Esto nos da un indicio del significado de autointegración; un ser no
puede ser integrado porque ya es un principio de unificación, es lo que une
diversas experiencias dándole la calidad distintiva de ser mías.
Cuando hablamos de integración significamos la unificación de muchos
seres dentro de una personalidad, o la unificación de acciones o valores de
manera que armonice en vez de chocar.
PRINCIPIOS DE INTEGRACION
Ambas formas de integración se basan en un mismo principio, el de la
unidad orgánica; nuestros cuerpos son los mejores ejemplos de esa unidad, de
manera que las energías se dirigen y concentran conforme se necesita; cada
órgano depende de otro u otros pero todos trabajan para un fin común.
La experiencia también parece necesitar y tener una unidad análoga; las
leyes de asociación son también descripciones de la forma en que las
experiencias tienden a congregarse en unidades y estas, a su vez en otras
mayores; parece haber en la naturaleza una aversión a la soledad, elementos de
toda clase tienden a congregarse en sociedades mas o menos complejas y en
asociaciones de sociedades. Ocasionalmente, un nuevo fragmento de experiencia
anida en un grupo y lo transforma.
Pero hay que señalar que hasta lo que pasa por una vida normal, tiene
esas agrupaciones, cada uno de nuestros intereses, como el deporte, la familia,
la iglesia es una agrupación. Cada papel que desempeñamos en la vida social, el
de padre, esposo, ciudadano, miembro de un club, de una iglesia, tiene su
propio conjunto de experiencia, que entra en juego cada vez que desempeñamos
ese papel.
Hay muchas maneras de integrar esos seres, algunas más efectivas que
otras; de lo que podemos estar seguros es de que la personalidad tratara de integrarse
de algún modo. Hasta en las mas extrañas anormalidades hay clases peculiares de
integración. Por lo tanto, cuando consideramos la autointegración como un
problema, el problemático es el tipo de integración.
TIPOS DE INTEGRACION
El orden social en que vivimos siempre nos da una pauta de integración.
Nos hace saber lo que se espera de nosotros, y hacer aquello que se espera que
hagamos es una forma de mantener la paz con nosotros mismos y con los demás.
Es cuando mas un esbozo de norma, y cuando un orden social se divide en
varios grupos, cada cual con sus propias expectativas, ya no puede servir como
pauta de integración para el individuo; muchos consideran que este factor, si
no es el mas importante, es uno de los que mas influye en la intranquilidad de
esta época.
Aun así nuestro orden social lo que quiere es indiscutiblemente bueno;
otra clase de integración proviene de adoptar un propósito de gran magnitud,
que organice mas o menos todo lo que hacemos, como medio para lograrlo, esta
situación pondrá orden en nuestras elecciones y nos dará un poderoso incentivo
para vencer los obstáculos y molestias de la vida ordinaria.
Sin embargo, los grandes propósitos no son innatos ni comunes. Aun
cuando cautivan nuestro entusiasmo e imaginación, quedan aun las cuestiones de
si son dignas de nuestra devoción; si nuestras capacidades son
adecuadas a esa devoción. Podemos estar lamentablemente equivocados en
ambas cosas; la prevención y rectificación de tales errores depende, por
supuesto del conocimiento y de la educación.
La autointegración requiere, ante
todo, una exacta valuación de nuestras
capacidades y esfuerzos. Demanda del conocimiento de los diversos pasos que
debemos ejecutar en nuestros grupos sociales. En seguida, demanda de nosotros
el conocimiento de los éxitos y fracasos de la humanidad, en su larga lucha por
la integración. Finalmente necesitamos conocer los usos del mundo material en
que nuestras vidas se desarrollan, por que ese mundo puede frustrar los planes
mejor trazados para la autointegración.
Por lo tanto, ese conocimiento tendrá que encontrar un lugar seguro en
la educación general, y los hábitos de adquirir, usar y disfrutar dicho
conocimiento, serán el resultado inmediato de la educación formal.
El conocimiento, así como el medio para realizarse a si mismo, es
también el gran integrador. El conocimiento del ser, el conocimiento de la
sociedad y de la naturaleza, es donde se practican las aptitudes y
perfeccionamos los hábitos necesarios para la autodeterminación,
autorrealización, y autointegración.
Estas son las dimensiones de la vida y se usan repetidamente para
probar nuestras nociones de todo lo que queremos conocer e incorporarlo a
nuestra practica cotidiana.
Las descripciones de la vida buena en sus tres principales dimensiones,
son necesariamente abstractas; ya que el ser humano concretamente debe ser
autodeterminado, autorrealizado y autointegrado, lo que nos lleva a describir
la personalidad dentro de una estructura de la vida buena, como para poner a
prueba nuestro conocimiento de lo que cada dimensión debe significar.
jueves, 9 de agosto de 2012
EDUCACIÓN FAMILIAR: DE LA CAPACIDAD PARA CONTRAER MATRIMONIO
EDUCACION FAMILIAR : DE LA CAPACIDAD :
En materia de familia se debe entender la CAPACIDAD
para contraer matrimonio, como la aptitud legal en que se encuentra un hombre y
la mujer para contraer matrimonio. El Código de familia, en el artículo 344,
establece la mayoría de edad en los 18 años.
Por lo tanto, es necesario que quien
quiera contraer matrimonio haya alcanzado dicha edad; salvo las excepciones
legales que señala el artículo 14 ultimo inciso y el 92 del mismo código.
Es importante tener en cuenta que también
en materia de familia, el articulo 33 inciso segundo considera aptos y capaces
para contraer matrimonio a una persona que pudiera darse a entender por escrito
por lenguaje especializado. Con lo cual apreciamos que en la legislación de familia
no se aplica la incapacidad absoluta para celebrar contratos del Régimen civil
que el artículo 1318 del Código de Familia dice: Son absolutamente incapaces
los dementes, los impúberes y los sordos que no puedan darse a entender por
escrito.
En el caso de los menores de 18 años que de
conformidad al código de familia pueden
casarse, deberán obtener el asentimiento expreso de los padres, bajo
cuya autoridad parental se encontrare.
¿Que sucede si un padre ya falleció?
Si faltare alguno de los padres bastara el asentimiento
del otro.
¿Y si faltan ambos padres quienes darán
el asentimiento?
Los ascendientes de grado más próximo serán
los llamados a darlo. Prefiriéndose aquellos con quien conviva el menor.
¿Y si el menor se encontrare sujeto a
tutela y no tuviera ascendientes?
El asentimiento debe darlo el tutor.
¿Y si fuere huérfano, abandonado o de
filiación desconocida?
Requerirá el asentimiento del Procurador
General de la Republica.
Con relación al acta prematrimonial el
articulo 21 del código de familia, establece los requisitos que debe de llenar
esta acta. Este documento contiene la declaración jurada de la intención de los
contrayentes y su manifestación de que no tienen impedimentos legales, ni están
sujetos a provisión alguna para poder casarse.
CONTENIDO DEL ACTA PREMATRIMONIAL
NOMBRE
EDAD
ESTADO FAMILIAR PROFESION U OFICIO
DOMICILIO
LUGAR DE NACIMIENTO DE CADA UNO DE LOS
CONTRAYENTES.
NOMBRE,
PROFESION U OFICIO Y DOMICILIO DE LOS PADRES, EL REGIMEN MATRIMONIAL si ya lo
hubieren acordado o en el presente acto lo acuerdan.
El apellido que usara la mujer al
casarse.
Y en su caso, los nombres de los hijos
reconocidos en el acto del matrimonio.
El señalamiento para la celebración del
matrimonio.
DOCUMENTOS ESPECIALES
En relación a estos documentos
especiales se debe tomar en cuenta cada uno de ellos, de una forma ordenada y
siguiendo una reglamentación uniforme con relación a cada caso en especial:
1)
Partida de nacimiento.
2)
Partida de defunción.
3)
Certificación de divorcio.
Certificación de partidas de nacimiento
de los hijos que reconocerán.
Constancia medica, con la que se
compruebe que la mujer menor de 18 años esta embarazada, o de que no lo esta la
mujer que va a contraer nuevas nupcias.
Certificación de la sentencia
ejecutoriada que apruebe las cuentas del guardador y en su caso, el recibo
donde conste auténticamente el pago del saldo que hubiera resultado en su
contra.
Documento legalizado donde conste el
poder especial para contraer matrimonio.
DOMICILIO DE LOS
CONTRAYENTES
El art.13 del código de familia al
referirse al domicilio de los contrayentes
Amplia la facultad de los funcionarios
autorizados por la ley para celebrar matrimonios en todo el territorio
nacional. Es decir que un matrimonio puede celebrarse en El Salvador en la
oficina o despacho oficial del funcionario autorizante o bien en el lugar en
que los contrayentes hubieren acordado. Se les ha dejado libertad a los
contrayentes para que escojan el lugar de celebración del matrimonio.
Pero también hay limitaciones
jurisdiccionales por razón del territorio, que las menciona siempre en el Art.
13 del código de familia.
¿Quiénes pueden autorizar matrimonios en
todo el territorio nacional ?
El Procurador General de la
Republica y los Notarios.
¿Puede un jefe de Misión Diplomática
permanente y los Cónsules de carrera en el lugar donde estén acreditados
autorizar matrimonios?
Solamente si ambos contrayentes son
Salvadoreños, pero sujetándose a lo dispuesto por el Código de Familia de El Salvador.
Del Señalamiento del lugar, DIA y
Hora para la celebración del
matrimonio.
El Art. 24 del Código de familia, previa
a la celebración del matrimonio se ha hecho constar en el acta prematrimonial
que se procede de inmediato a la celebración del mismo o señala con los
interesados el lugar, DIA y hora para ello. Este señalamiento tiene una
solemnidad especial y por eso debe dejarse constancia en el art.
prematrimonial.
Gratuidad y exención por la celebración
de un matrimonio.
El art. 34 del Código de Familia,
establece que todas las diligencias, certificaciones y testimonios relativos al
matrimonio no causaran ningún gravamen.
¿Cuanto cobran los funcionarios
autorizantes por celebrar un matrimonio?
Nada, no devengaran emolumentos por los
matrimonios que celebren, ni por las diligencias que deban practicar, salvo lo
que dispongan las leyes especiales, como tasas e impuestos municipales; por que
el Estado debe fomentar el matrimonio.
¿Y entonces, por que los notarios cobran honorarios?
Los notarios pueden devengar honorarios
convencionales. En base al art. 9 de la Constitución que manifiesta que nadie puede
realizar trabajos o prestar servicios personales sin justa retribución y sin su
pleno consentimiento.
¿Puede un notario salvadoreño celebrar
un matrimonio en el
Extranjero?
No.
La facultad para celebrar matrimonio se
limito al territorio nacional por el principio de Derecho Internacional Privado
que señala los requisitos de forma del
matrimonio que se rigen por la Ley
del Estado donde este se celebre.
El art. 13 del código de familia otorga
facultades a los funcionarios diplomáticos o consulados para poder celebrar
matrimonios en el extranjero, también se debe tomar en cuenta el art. 189 del
Código de Familia que describe lo relativo a los matrimonios de nacionales
celebrados en el extranjero.
Se ha insistido en que el matrimonio
tiene una doble naturaleza jurídica, y se requiere por ello tanto de la
celebración del mismo.
Esta publicidad es muy importante dado
el carácter de legalidad del matrimonio y asi dar plena efectividad a los
derechos y obligaciones de los cónyuges entre si y con respecto a terceros.
Por lo que es importante la presencia de
testigos y secretario, de vital importancia en el acto jurídico matrimonial, ya
que su falta o cualquier inhabilidad especial de sus calidades personales trae
como consecuencia la nulidad relativa del acto, según el art.93 del Código de
Familia.
ACTO DE CELEBRACION DEL
MATRIMONIO
El instrumento que contiene el acto del
matrimonio, debe ser consignado en el libro de actas matrimoniales que llevaran
los funcionarios autorizantes o en la Escritura Publica
que formalizara el Notario, con todas las formalidades que la ley exige;
incorporando en el mismo el régimen matrimonial que se hubiere acordado o el
que supletoriamente se aplicara en el matrimonio.
Con la finalidad d hacer constar
plenamente la celebración del matrimonio, el instrumento es la base jurídica
que lo formaliza y debe hacerse contadas las solemnidades establecidas por la
ley.
Ya que el art. 29 del Código de Familia
establece la importancia jurídica que al ser inscrito en el Registro de Estado
Familiar hace plena prueba del estado familiar de casados, señalado también en
el art. 195 del Código de Familia.
El instrumento deberá estar firmado por
los cónyuges, los testigos, el funcionario autorizante y el secretario respectivo,
en su caso por el intérprete si lo hubiere.
ALGUNAS FORMALIDADES DEL
MATRIMONIO
Esta es una formalidad especial, que
permite el matrimonio de un hombre y una mujer, que no pueden reunirse en el
momento del acto de celebración del mismo, como específicamente lo exige la
ley, debido a que la presencia de los contrayentes en el acto del matrimonio es
esencial y esta posibilidad de realizarlo por medio de un apoderado especial es
una excepción a la regla general.
Este apoderado especial es quien representara
a los contrayentes o a uno de ellos en caso de encontrarse solamente uno de los
contrayentes presentes.
El apoderado debe tener poder especial, otorgado en escritura publica o en
otro instrumento autentico, de acuerdo a la ley del lugar del otorgamiento, en
el que se expresara el nombre, nacionalidad, estado familiar, profesión u
oficio, domicilio o residencia, lugar de nacimiento del otro contrayente y
cualquier dato que contribuya a su plena identificación. También deberán
expresarse las generales del apoderado.
El art.30 del mismo código haciendo más
explicitas la disposición legal con respecto a las facultades previas a la
celebración del matrimonio.
Se requiere de cláusulas especiales para
optar por el Régimen Patrimonial, determinar el apellido que usara la mujer y
reconocer hijos.
VIGENCIA, REVOCATORIA Y
CONSENTIMIENTO DEL PODER PARA CONTRAER MATRIMONIO
Dicho poder tendrá vigencia por tres
meses, contados a partir de la fecha de
su otorgamiento. La revocatoria del poder y del desistimiento del poderdante de
su intención de casarse, surtirán efecto desde que se expresen en forma
autentica.
PARA LOS CONTRAYENTES QUE
NO SE EXPRESEN EN CASTELLANO
Cuando alguno de los contrayentes no
comprendiere el idioma castellano, se asistirá de interprete para la
celebración del matrimonio y para los actos previos a la misma, y el
funcionario consignara lo que exprese en castellano el interprete, esta norma
permite al funcionario autorizante traducir directamente el acta o escritura
del matrimonio, cuando el y los testigos
entiendan el idioma del contrayente.
En todo caso el contrayente deberá formular
una minuta en su propio idioma, de lo que se expresa al funcionario, la que se
agrega posteriormente al expediente matrimonial y deberá traducirse por medio
del intérprete. Que lo señala el art. 33 del Código de Familia.
Para los contrayentes que solo puedan
darse a entender mediante lenguaje especializado, deberá ser asistido de una
persona que lo comprenda tanto en el acta previa como en el instrumento
constitutivo del matrimonio.
Solemnidades Posteriores a la Celebración del
Matrimonio:
A.- Inscripción de la Certificación del
Acta Matrimonial y del Testimonio, según art. 29 del Código de Familia, que
señala, que dentro de los 15 días hábiles siguientes a la celebración del
matrimonio, el funcionario autorizante deberá remitir al encargado del Registro
del Estado Familiar del lugar en que se celebro aquel, certificación del acta o
Testimonio de la
Escritura, para que asiente de inmediato
la partida de matrimonio, inscriba el régimen patrimonial que se hubiere
acordado o el que legalmente corresponda en su caso y haga las anotaciones
marginales correspondientes, si allí estuvieren asentadas las partidas de
nacimiento de los contrayentes.
¿Que sucede si las partidas de nacimiento de los contrayentes estuvieren
asentadas en otro lugar?
El funcionario autorizante o notario,
deberá remitir dentro del plazo de 15 días al correspondiente encargado del
Registro de Estado Familiar, otra certificación o testimonio para que practique
la anotación marginal.
¿Que sucede si se hubieren reconocido hijos?
El funcionario autorizante, en el plazo
de quince días, deberá remitir al encargado del Estado Familiar del lugar en
que se encuentran asentadas las partidas de nacimiento de los hijos,
certificación o testimonio para que proceda de conformidad a la Ley del Nombre de la Persona Natural.
Razón Firmada y Sellada de los
Documentos de Identidad Personal.
Esta razón se pone en los documentos de
identidad personal de los contrayentes, para hacer constar que han contraído
matrimonio. Esta contendrá el lugar y fecha de su celebración, el nombre de la
persona con quien se contrajo y el funcionario autorizante.
CASO ESPECIAL DEL
MATRIMONIO EN ARTICULO MORTIS
Esta clase de matrimonio tiene su origen
en el Derecho Canónico. Se autoriza en aquellos casos que es preciso celebrarlo
urgentemente, dado el peligro de muerte que amenaza a uno o ambos de los que
desean casarse.
No es un matrimonio condicional. Y se
omite además la información posterior para averiguar si existen o no
impedimentos, para celebrarlo, puesto que debe darse el mismo tratamiento
general de cualquier matrimonio.
Tiene facultad para autorizar este caso
especial de matrimonio todos los funcionarios que menciona el art. 13 del
Código de Familia.
CUALIDADES QUE DEBEN
REUNIR LOS CONTRAYENTES
A.- Diferencia de sexos:
Este requisito deriva de la esencia del
matrimonio y se contempla en el art. 11 del Código de Familia al declarar que
el matrimonio es la unión legal de un hombre y una mujer. La falta de este
requisito es causa de nulidad absoluta, según art. 90 del CODIGO DE familia.
B.- Capacidad mental de
los contrayentes:
Este es un requisito esencial para la plena
validez del acto jurídico matrimonial y constituye un impedimento absoluto para
el que no se hallare en el pleno uso de su razón y los que no pueden expresar
su consentimiento de manera inequívoca. Art.14 del CODIGO DE familia.
C.- Consentimiento libre
de vicios:
El consentimiento debe expresarse
personalmente y en libertad por los contrayentes ante el funcionario competente
o el notario.
Las declaraciones de voluntad de los
contrayentes, o consentimiento para contraer matrimonio, determina su decisión
para celebrar el acto jurídico matrimonial.
Por supuesto que estas declaraciones
deben estar exentas de vicios, como el error y la fuerza que menciona el art.93
del Código de Familia, que son causas de nulidad relativa y que desarrollan el
art. 94 y 95 del Código de Familia.
D.- Se prohíbe a un
contrayente el contraer matrimonio cuando se encuentra unido a un
matrimonio anterior y que no se ha disuelto legalmente dicho vínculo, por lo
que se le prohíbe contraer nuevo matrimonio.
E.- Se prohíbe contraer, matrimonio
con relación a los parientes por
consanguinidad en cualquier grado de la línea recta, ni los hermanos; ni al
adoptante con el adoptado o con algún ascendiente o descendiente del adoptante
o con los hijos adoptivos del mismo adoptante art.15 del Código de Familia.
F.- Se prohíbe al
condenado como autor o cómplice de homicidio
Doloso del cónyuge del otro para
contraer matriz.
IMPEDIMENTOS MERAMENTE
PROHIBITIVOS
Son impedimentos del matrimonio que a
diferencia de los impedimentos dirimentes no anulan el matrimonio o sea que constituyen
mera prohibiciones al matrimonio; por ejemplo:
- Prohibición al tutor de casarse con su
pupila mientras las cuentas de
Su administración no hubieren sido
aprobadas judicialmente y pagado el saldo que resultare en su contra. (Art. 16
del Código de Familia.)
-
Prohibición de casarse a los ascendientes,
descendientes y hermanos de los guardadores.
-
Prohibición relativa al caso de nuevo matrimonio de la
mujer cuyo matrimonio ha sido disuelto o anulado, que solamente podrá contraer
nuevas nupcias, inmediatamente que quede ejecutoriada la sentencia respectiva,
siempre que comprobare que no esta embarazada. (art.17 del Código de Familia).
Esta regla no será aplicable cuando los
cónyuges hubieren estado separados por más de trescientos días o se haya decretado
el divorcio por separación absoluta.
- Los menores de 18 años debelan obtener
el asentimiento expreso de los padres bajo cuya autoridad parental se encontraren para poder contraer matrimonio.
(art.18 del Código de Familia).
EL ASENTIMIENTO
El Diccionario Jurídico
define asentimiento como el consentimiento que se presta para ejecutar un acto.
El asentimiento es posterior a una
iniciativa ajena; en realidad en adherirse uno a la opinión manifestada por
otro.
Con relación a los menores de 18 años el art. 18 del Código de Familia,
establece que para contraer matrimonio deberán obtener estos el asentimiento
expreso de los padres bajo cuya autoridad parental se encontraren.
A falta de uno de ellos bastara el
asentimiento del otro; pero faltando ambos serán los descendentes del grado mas
próximo los llamados a darlo, prefiriéndose aquellos que convivan con el menor.
En el caso de los menores sujetos a
tutela el asentimiento deberá otorgarlo el tutor.
En el caso de los huérfanos, abandonados
o de filiación desconocida el asentimiento respectivo será otorgado por el
Procurador General de La República.
DISENSO:
El disenso es igual a disentimiento, o
sea una disconformidad o disensión. El disenso es la negativa del asentimiento
para que un menor pueda contraer matrimonio.
Las causas que justifican el disenso se
establecen en el Código de Familia en el art. 19, a continuación las
señalamos:
- Existencia de alguno de los
impedimentos o prohibiciones para contraer matrimonio.
- Vida licenciosa, o pasión por los
juegos prohibidos a afición al consumo de drogas, estupefacientes o
alucinógenos o embriaguez habitual.
- Haber sido privado de la autoridad
parental, por sentencia ejecutoriada en un proceso penal o familiar.
-
Padecer de enfermedad que ponga en peligro la vida o
la salud de la menor o de su prole.
También puede negarse el asentimiento
por no tener ninguno de los contrayentes medios económicos para suplir la
responsabilidad de la vida matrimonial.
FINES DEL MATRIMONIO
A.- Comunidad de Vida.
B.- Procreación.
C.-Asistencia Reciproca.
Otros fines atendiendo el interés
familiar.
Nuestro Código de Familia regula lo que
en teoría se conoce como impedimentos para contraer matrimonio.
Pueden conceptualizarse los
impedimentos, como los obstáculos que la ley pone para que en determinados
casos, pueda celebrarse un matrimonio. Los autores que han estudiado la teoría
de los impedimentos, consideran que esta se origino en el Derecho Canónico o
que fue de la Iglesia Católica ,
la que elaboro dicha teoría de los impedimentos y que pueden ser de dos clases:
El primero, conocido como impedimentos
Dirimentes y que son aquellos que producen la nulidad del matrimonio y los
impedimentos los que dan lugar a otro tipo de sanción.
Estos primeros a su vez se dividen en
dos clases:
A.- Dirimentes Absolutos.
B.-Dirimentes Relativos.
Si el impedimento se tiene en relación
con cualquier otra persona, es Dirimente Absoluto, y si se tiene en relación
con personas determinadas es Dirimente Relativo.
La teoría de los impedimentos tiene
estrecha relación con la nulidad del
matrimonio, por cuanto esta se decreta precisamente en base a la existencia de
impedimentos.
El Codito de Familia clasifica los
impedimentos atendiendo a la extensión del impedimento en cuanto a las personas
a las cuales se aplica.
Son impedimentos absolutos aquellos que
impiden la celebración del matrimonio con cualquier persona. La falta de razón
de tales impedimentos es causa de nulidad, e invalidan el acto del matrimonio.
Son Impedimentos Absolutos aquellos que
no permiten contraer matrimonio, como los siguientes:
-
Los menores de dieciocho años de edad.
-
Los ligados por vínculo matrimonio.
-
Los que no se hallaren en el pleno uso de su razón y
los que no puedan expresar su consentimiento de manera inequívoca.
Son Impedimentos Relativos aquellos que
representan obstáculos para la celebración del matrimonio. Constituye
prohibiciones solo con respeto a determinadas personas comprendidas en dicho
obstáculo. El Código de Familia los enumera asi:
No podrán contraer matrimonio entre si:
- Los parientes por consanguinidad en
cualquier grao de la linea recta ni los hermanos.
- El adoptante con el adoptado o con
algún descendiente de este, el adoptado con los ascendientes del adoptante, o
con los hijos adoptivos del mismo adoptante.
- El condenado como autor o cómplice del
homicidio doloso del cónyuge del otro. Si estuviere pendiente juicio por el
delito mencionado, no se procederá a la celebración del matrimonio hasta que se
pronuncie sentencia absolutoria o sobreseimiento definitivo.
IMPEDIMENTOS IMPEDIENTES
Son prohibiciones que impiden la
celebración del matrimonio, son de menor entidad que los propios impedimentos.
Si se violan no se produce la naturalidad del matrimonio, sino sanciones
pecuniarias y administrativas.
En el Código de Familia se han regulado
3 prohibiciones que se denominan IMPEDIMENTOS IMPEDIENTES:
1.- El
art.20 del Código de Familia con el titulo de Sanciones
El
matrimonio celebrado en contravención a las disposiciones contenidas, hará
incurrir al funcionario autorizante en las sanciones establecidas en las leyes
de la materia.
Cuando la contravención fuere atribuida
al notario o al contrayente mayor de dieciocho años de edad, la multa será
hasta de un mil colones, que impondrá el juez al tener conocimiento de la
infracción.
2.- El art. 16 del Código de Familia
lleva el titulo de REGLA ESPECIAL PARA EL CASO DEL TUTOR y expresa que los tutores no
pueden contraer matrimonio con sus pupilos, mientras no hayan sido aprobadas
las cuentas de su administración.
Con lo cual se quiere proteger al pupilo
contra la insolvencia del tutor, y se exige que además de aprobada la cuente,
debe estar pagado el saldo que resultare en contra de este.
Si se viola este precepto, la sanción que
se impone al tutor es la perdida de la remuneración a que tiene derecho por el
ejercicio de la tutela, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurriere
en el desempeño de su cargo.
3.- El art. 17 con el titulo de REGLA ESPECIAL EN CASO DE NUEVO MATRIMONIO dice que la mujer cuyo matrimonio ha
sido disuelto, ya sea por muerte del cónyuge, por divorcio o por anulación, no
podrá casarse sino después de 300 días contados desde el fallecimiento o la
declaratoria de nulidad del primer matrimonio.
Para evitar la confusión de paternidad y los
conflictos emocionales y jurídicos del hijo.
El mismo Código facilita el matrimonio
si la mujer comprueba que no esta embarazada o si el divorcio se decreto por
separación. Y también por el hecho de que hubiere dado a luz antes del
vencimiento del plazo.
Sin embargo el art. 22 del mismo código
da otra prohibición, que es el asentimiento en situaciones excepcionales en que
se les permite a los menores de 18 años contraer matrimonio. Del que ya se
hablo anteriormente.
La sanción para la contravención a las
prohibiciones anteriores, consiste en una multa para el funcionario que
autoriza el matrimonio, o para el notario o el contrayente mayor de 18 años que
fueren responsables.
En el primer caso el monto de la multa tiene
por base el sueldo diario del funcionario; en el segundo caso, en donde se
incluye al notario, la multa es de quinientos colones, que impondrá el Juez de
Familia al tener conocimiento de la infracción.
EFECTOS DEL MATRIMONIO
Una vez celebrada la ceremonia
matrimonial con todos los requisitos de existencia y de validez que la ley
exige al respecto, surge para los contrayentes un nuevo estado familiar: el de
casados, mismo que esta regulado por la institución matrimonial.
El estado familiar de casados implica la
imperativa de una serie de deberes y derechos recíprocos entre los cónyuges,
que se pueden analizar desde tres puntos de vista: en cuanto a sus personas, en
cuanto a sus bienes y en cuanto a sus hijos.
Luego, todo matrimonio según la
tratadista Sara Montero, produce 3 clases de efectos:
1.- Efectos personales, que se refieren
a los derechos y obligaciones que surgen entre los cónyuges.
2.- Los efectos patrimoniales, que se
relacionan con los Regimenes Patrimoniales del matrimonio.
3.- Efectos que se refieren a las
relaciones con sus hijos, o sea los denominados paternos filiales y que se
concretan en la autoridad parental.
EFECTOS DEL MATRIMONIO EN LA PERSONA DE LOS CONYUGES
1.- Deber de cohabitación: Los cónyuges
deben vivir juntos. Esto es en el domicilio que ellos, de común acuerdo escojan
libremente para vivir.
Este deber incluye el debito conyugal, o
sea un derecho y obligación a la relación sexual; también incluye el derecho a
la libre procreación, por el cual ambos cónyuges decidirán el numero de hijos y
su espaciamiento, porque ambos están obligados a contribuir cada uno por su
parte a los fines del matrimonio y a socorrerse mutuamente; el derecho a la
convivencia, que comprende el domicilio conyugal, la asistencia mutua, el
respeto, consideración y tolerancia en el trato, la cooperación y los gastos de
familia.
Estos derechos se consideran importantes, pues
son la base de la comunidad de vida que se da entre los cónyuges.
-
Los cónyuges tienen iguales derechos y deberes: la
mujer comparte todos los derechos y deberes con su pareja.
-
El derecho-deber a las relaciones sexuales es
independiente de la procreación; por ser parte de la identificación de la
pareja y conlleva a uno de los fines del matrimonio, que establece la
obligación de vivir juntos y que además lo concibe como motivo de divorcio por
incumplimiento grave y reiterado de este derecho-deber.
-
Derecho de la libre procreación, ambos cónyuges
decidirán el número de hijos y su
espaciamiento. Esto por la igualdad y reciprocidad que la ley les concede, para
que mediante un mutuo acuerdo decidan cuantos hijos van a tener, cuando o si no
quieren tenerlos.
-
El derecho a la convivencia, que comprende el
domicilio conyugal, que consiste en el lugar en donde conviven los cónyuges y
sus hijos, en armonía y respeto de las relaciones conyugales y paterno filiales,
que según la ley los cónyuges fijaran conjuntamente el lugar de su residencia y
regularan de común acuerdo todos los asuntos domésticos, además que no se
infringe el deber que tienen los cónyuges de vivir juntos, cuando tuvieren que
separarse para evitar graves perjuicios para cualquiera de ellos o para los
hijos, o cuando por cualesquiera circunstancias especiales que redunden en
beneficio de los intereses de la familia, calificados de común acuerdo, uno de
los cónyuges tuviere que residir temporalmente fuera de la residencia común, además
se establece en la ley, que los cónyuges por la comunidad de vida entre ellos
se deben vivir juntos, guardarse fidelidad, asistirse en toda circunstancia y
tratarse con respeto, tolerancia y consideración. Es motivo de divorcio el
incumplimiento grave y reiterado de los deberes del matrimonio.
-
El Matrimonio tiene carácter permanente, o sea que se
contrae con la intención de que perdure durante toda la vida. Su estabilidad es
garantizada por la Ley ,
la cual solo permite, en situaciones excepcionales su disolución.
2.-
Ayuda Mutua, dice la doctora Montero que es quizás esta consecuencia la de
mayor trascendencia en el matrimonio, pues implica una serie de conductas
variadas y permanentes de solidaridad entre los casados, por lo que la ley
señala que los cónyuges deben asistirse en todas las circunstancias de la vida.
3.- Fidelidad: El deber de fidelidad
esta implícito dentro de la regulación del matrimonio.
Esta regulado dentro de la norma legal
como un derecho-deber fruto de la unión y significa la fidelidad, la
exclusividad sexual de los cónyuges entre si y la violación a la misma implica
un ataque a la lealtad, que puede herir muy gravemente los sentimientos del cónyuge
ofendido, hasta el grado de terminar con la relación conyugal en divorcio.
El incumplimiento del deber de
fidelidad: como el adulterio, lo recoge la ley no solo como causa de divorcio,
sino que en el Código Penal se tipifica como delito, en determinadas
circunstancias.
La fidelidad tiene características que
le son propias: Debe ser reciproca, absoluta y permanente.
4.- La Igualdad Jurídica
Entre los Cónyuges, tanto marido como mujer tienen capacidad plena para
ejecutar cualquier acto jurídico que deseen, sin necesidad de autorización por
parte del otro para su celebración, excepto por incapacidad especial.
Ambos pueden ejercer sus derechos
libremente y trabajar de acuerdo a sus conocimientos y habilidades. Es decir,
que la mujer tiene deberes para cumplir con su marido, asi como este para con
ella, en igualdad de condiciones.
EFECTOS DEL MATRIMONIO
Se ha señalado que en el matrimonio se
establece una comunidad de vida total y permanente entre los cónyuges
, las consecuencias jurídicas que se
originan de esta, son de orden personal patrimonial.
Desde el punto de vista patrimonial se
presentan diversos ángulos: las cargas económicas que trae la vida en común
dentro del hogar, los bienes propios adquiridos individualmente, las donaciones
entre los cónyuges y los diferentes regimenes patrimoniales que determinan la
organización, administración y disposición de los bienes comunes que conforman
un panorama económico complejo, que se caracteriza por la
Participación efectiva de ambos cónyuges
para el buen funcionamiento de este en busca de mejoras económicas en el seno
familiar.
Las relaciones patrimoniales determinan
como contribuirán marido y mujer en atención a las necesidades del hogar y del
grupo familiar, asi como la repercusión que el matrimonio tendrá sobre la
administración de los bienes que los cónyuges aportan o adquieren durante la
unión y, tambien, la medida de que esos bienes responderán ante terceros por
las deudas contraídas por cada uno de los cónyuges.
Tenemos entonces, las siguientes clases
de relaciones patrimoniales:
- Relaciones patrimoniales de los
cónyuges entre si.
-
Relaciones patrimoniales de los cónyuges con terceros.
Las primeras tienen un contenido
especial y privado que difiere según sea el régimen patrimonial que las rige,
lo importantes de estas relaciones es que tienden a satisfacer requerimientos
de tipo económico de la pareja, como cargas comunes, sostenimiento económico
del hogar, educación de los hijos, etc.
Y
a la vez, la administración de los bienes de los cónyuges, a partir de la
celebración del matrimonio.
En cuanto a las relaciones patrimoniales
de los cónyuges con terceros, tienden a mantener un adecuado equilibrio entre
el interés patrimonial de cada cónyuge, o el de ambos, y el de quienes con
ellos, han establecido relaciones jurídicas de carácter patrimonial.
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